Presidencia - Convocatoria General de Subvenciones, 2019
Información aplicable a esta modalidad
- Procedimiento administrativo
- Normas generales de justificación
- Concurrencia y compatibilidad de subvenciones
- Reintegros y devoluciones voluntarias del importe de la subvención no aplicada
- Infracciones y sanciones
- Entidades beneficiarias a las ayudas de la modalidad de Presidencia.
- Documentación específica de las solicitudes a Presidencia.
- Cuantía y abono en las ayudas de Presidencia.
- Criterios de Valoración de las solicitudes las ayudas de Presidencia.
- Plazo para presentar la justificación de las ayudas de Presidencia.
- Documentos que deben integrar la cuenta justificativa simplificada de las ayudas de Presidencia.
Consignación presupuestaria:
Aplicación presupuestaria |
Concepto | Importe |
001019120046200 |
Convenios y transferencias |
100.000,00 € |
001019120048000 | Transferencias corrientes Entidades sin ánimo de lucro |
100.000,00 € |
Cuándo presentar una solicitud:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el lunes 8 de abril, día hábil siguiente de la publicación del extracto de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, expirando el miércoles 8 de mayo, 20 días hábiles después. Las solicitudes se presentarán acompañadas de los anexos y la documentación específica establecida.
Medios para presentarla:
Entidades Locales
Las entidades locales deberán presentar necesariamente sus solicitudes a través de la plataforma de la Intranet Provincial de la Diputación de Huelva.
Colectivos privados (asociaciones, federaciones, clubs deportivos…)
Los colectivos privados (asociaciones, federaciones, clubs deportivos…) deberán presentar necesariamente sus solicitudes a través de la plataforma de subvenciones de la sede electrónica de la Diputación de Huelva (para acceder se necesita contar con un certificado digital).
Documentos a aportar:
IMPORTANTE - Pulse aquí para obtener información detallada sobre Protección de datos
En el momento de presentar la solicitud:
ANEXO I - Se cumplimenta en la plataforma de subvenciones
ANEXO II - Resumen del proyecto y presupuesto
ANEXO III - Subsanación de la solicitud
En el caso que, mediante publicación en el Tablón de Anuncios de la Diputación, se le indique que tiene que subsanar la solicitud, debe hacerlo utilizando el formulario siguiente:
ANEXO IV -Solicitud de reformulación / alegaciones
Si tras la Propuesta de Resolución Provisional, que se publicará en el Tablón de Anuncios de la Diputación, presenta alegaciones o reformulaciones, debe hacerlo utilizando el formulario siguiente:
ANEXO V - Aceptación de la subvención concedida
Tras la publicación en el Tablón de Anuncios de la Propuesta de Resolución Definitiva deben presentarse los siguientes documentos:
ANEXO VI - Solicitud de cobro por transferencia bancaria
Para presentar la justificación del proyecto debe usarse el formulario siguiente:
ANEXO VII-A - (Línea D1 - Entidades Locales)Justificación de la subvención concedida
Información de la situación administrativa de esta convocatoria
Las notificaciones de los trámites se hacen de forma colectiva a través del Tablón de Anuncios, salvo la Resolución Definitiva que se hace por el Boletín Oficial de la Provincia.
Pulse aquí para acceder a otra página en la que, a título informativo, se irá volcando la situación de cada modalidad.
Más información:
Área de Presidencia, teléfono 9594600 (extensión 10266)