Subvenciones para actividades culturales 2022
Servicio de Cultura
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Dirigidas a PERSONAS FÍSICAS, ASOCIACIONES, FUNDACIONES e INSTITUCIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO, nacidas y/o radicadas en la provincia de Huelva, que presenten proyectos y actividades culturales relacionados con la música, el teatro, la danza y las artes plásticas y audiovisuales, conforme a las competencias legalmente atribuidas a la Diputación Provincial.
No serán objeto de la presente convocatoria los proyectos o actividades vinculados con:
a) La restauración o conservación de lugares, edificios y objetos patrimoniales, históricos y museísticos.
b) Las actividades vinculadas con Archivos, Bibliotecas y Documentación.
c) Las actividades vinculadas con los libros y su publicación.
d) Los gastos derivados de actividades como excursiones, visitas culturales, convivencias, comidas o alojamientos.
e) Los gastos relacionados con la adquisición de equipamientos audiovisuales y sonido o simiilares, adquisición de estructuras de esceario o similares, adquisición de instrumentos musicales, reformas de sedes sociales, mantenimiento y alquiler de locales, gastos de luz, agua y teléfono.
f) Actividades educativas relacionadas con la enseñanza o con la formación.
Asimismo, tampoco podrán subvencionarse aquellos proyectos que reciban cualquier tipo de subvención o ayuda de algún Área o Servicio de la Diputación Provincial de Huelva.
Subsanación de solicitudes. Cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras el órgano competente para instruir el procedimiento, requerirá de forma conjunta a las personas y entidades solicitantes mediante Anuncio publicado en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación para que en el plazo de diez días hábiles subsanen dichos defectos, con la indicación de que si así no lo hicieran se le podrá tener por desistida de su petición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cómo aportar documentación una vez presentada la solicitud (subsanaciones, justificaciones, etc.). Una vez presentada la solicitud ésta queda grabada en la carpeta ciudadana de la persona solicitante. Para acceder a ella hay que identificarse en la sede electrónica de la Diputación y hacer clic en el apartado Mi carpeta, dentro de Carpeta ciudadana que aparece en el menú superior de la página de la sede electrónica. Una vez dentro, pulse sobre el apartado Acciones-Incorporar documentanción para poder subir más documentación. Éste es el procedimiento para añadir documentación (por ejemplo subsanaciones, aceptaciones, justificaciones...) a una solicitud ya presentada.
Al igual que ocurrió en el proceso de alta de la solicitud cuando se suban los anexos o documentos deben estar convertidos en formato PDF para que la aplicación permita su incorporación.
Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento. El órgano competente para la instrucción del expediente es el Servicio de Cultura. Entre otros cometidos, se encargará de la evaluación de las solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para resolver será la Presidencia de la Diputacion Provincial de Huelva.
Trámites necesarios para la concesión de subvención. Una vez evaluadas las solicitudes por la Comisión de Valoración nombrada al efecto, el órgano instructor formulará al órgano competente la Propuesta de Resolución Provisional de concesión de subvención que se publicará en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación a efectos de que las personas y entidades interesadas puedan presentar alegaciones o reformulaciones en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de dicha publicación.
Examinadas las alegaciones y reformulaciones presentadas, se formulará la Propuesta de Resolución Definitiva que expresará la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención así como su cuantía. Esta propuesta se publicará en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación para que en el plazo de diez días hábiles comuniquen su aceptación, realizando el trámite específico a través del formulario Amexo IV. Aceptación. Aquéllos que en la solicitud no hubieran autorizado la intermediación de datos deberán presentar, además, el Anexo VI. Formulario de autorización/oposición a la verificación de datos mediante el uso de sistemas de intermediación.
Transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior y tras los trámites oportunos, se dictará Resolución Definitiva por la Presidencia de la Diputación de Huelva, que pondrá fin a la vía administrativa y será publicada, conjuntamente, en el BOP y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación. La Resolución, además de contener el solicitante o relación de solicitantes a los que se concede la subvención, hará constar, en su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes.
A efectos meramente informativos. al final de esta página web se habilitará un cuadrante con todos los trámites del procedimiento que hayan sido objeto de publicación.
Contra la Resolución Definitiva, que agota la vía administrativa, podrá interponerse por las personas y entidades interesadas, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Recurso Potestativo de Reposición ante la Presidencia en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de tal resolución en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación. También podrá interponerse, directamente, Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a dicha notificación.
Los datos personales aportados en la solicitud, podrán ser incorporados a un fichero, con la finalidad de la tramitación y gestión de la solicitud de subvención, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 05 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Reformulación de solicitudes. Cuando el importe de la subvención que figure en la Propuesta de Resolución Provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, las personas y entidades interesadas podrán, durante el trámite de alegaciones a la propuesta de resolución provisional, reformular su solicitud mediante la presentación del Anexo III y un nuevo proyecto reformulado al objeto de ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable.
En cualquier caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de las solicitudes o peticiones.
De cumplir los requisitos anteriores, la reformulación de la solicitud deberá trasladarse a la Comisión de Valoración, que deberá pronunciarse sobre la misma.
Puedes acceder al texto íntegro de la presente convocatoria haciendo click AQUÍ.
Teléfonos de Atención. En asuntos relacionados con la presentación o incorporación de documentación online: 959494882 (horario de atención directa de lunes a viernes de 8:30h a 13.30h. Fuera de este horario o con las líneas ocupadas se podrá grabar un mensaje con las dudas).
Sobre la convocatoria: 959494600 ext. 10290, 10350 y 10355 Servicio de Cultura (horario de lunes a viernes de 9h a 14h).
DESCARGA LOS ANEXOS DE LA CONVOCATORIA

Anexo II. Subsanación de la solicitud presentada.
Anexo III. Presentación de alegaciones y reformulación de proyectos.
Anexo IV. Aceptación de la subvención concedida.
Anexo V. Justificación de subvención y Memoria final.
Anexo VI. Autorización/oposición a la verificación de datos mediante el uso de sistemas de intermediación.
Alta o modificación de datos de Terceros (Tesorería).
TABLA DE SEGUIMIENTO DE LAS PUBLICACIONES QUE AFECTAN A ESTE PROCEDIMIENTO
Fecha publicación |
Lugar |
Número |
Descripción |
Fin de plazo |
Descarga |
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12/05/2023 |
Tablón Anuncios electrónico | Propuesta de Resolución Provisional | 26/05/2023 | |||
19/04/2023 | BOP | 73 | Solicitudes admitidas-excluidas | |||
31/03/2023 | Tablón Anuncios electrónico | Comisión de Valoración | ||||
16/03/2023 | Tablón Anuncios electrónico | Requerimiento de subsanación | 30/03/2023 | |||
28/12//2022 | BOP | 246 | Convocatoria | 27/01/2023 |
Publicación en extracto de las Bases Reguladoras de la convocatoria de subvenciones del Servicio de Cultura de la Diputación de Huelva para la realización de actividades culturales 2022. |